Publicado el 24/01/2019
Estimados Clientes y Amigos,
Compartimos con Uds. la instrucción general 1/2019; que aclara la definición del termino "fácilmente identificable", refiriéndose a la mercadería importada temporalmente, para formar parte de un proceso productivo.
Para acceder a la instrucción completa haga click en el adjunto.
Saludos Cordiales
ULC
ADJUNTOS
TAMBIÉN PUEDE INTERESARLE
Poder Ejecutivo- Dec. 431 25 - Importación de pilas y baterías primarias
Publicado el 27/06/2025Disp. 4446 25. Desregulación en la importación de productos médicos Clase I y II
Publicado el 24/06/2025