Publicado el 27/07/2023
La mercadería que ingrese a la Zona Franca podrá permanecer por un plazo máximo de CINCO (5) años para ser objeto de las actividades autorizadas, con la sola excepción de la mercadería que ingrese a los fines de su radicación definitiva. Comunicate con los que realmente saben de comex: https://www.ulc.com.ar/#contacto
TAMBIÉN PUEDE INTERESARLE
Decreto N° 838/2025 - PODER EJECUTIVO – Modificación Dec. 1001/82, artículo 56
Publicado el 01/12/2025Solicitud de Disposición de Créditos Aduaneros. Resolución General N° 3.962. Su modificación
Publicado el 02/10/2025Solicitud de Disposición de Créditos Aduaneros. Resolución General N° 3.962. Su modificación
Publicado el 02/10/2025