Publicado el 29/03/2023
Estimados Clientes y Amigos,
Mediante la Resolución General N° 5339/2023, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se dispuso dar de baja todas las exclusiones de IVA y certificados de no retención del impuesto a las ganancias para importadores.
Esta medida estará en vigencia en principio para las importaciones definitivas realizadas desde hoy y hasta el 31 de diciembre de 2023.
Por favor tengan en cuenta que, a partir del día de la fecha, no podrán contar con las mencionadas ventajas, excepto que estén dentro de las exclusiones mencionadas en el artículo 3 de la presente resolución:
a. Importaciones para consumo efectuadas por Micro y Pequeñas empresas que tengan un certificado “MiPyME”
b. Importaciones para consumo que se realicen por cuenta y orden del Estado Nacional
c. Importaciones para consumo eximidas de impuestos nacionales por la Ley Nº 27.701
Adjuntamos la resolución completa para que accedan a su lectura.
ULC
ADJUNTOS
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