Publicado el 05/01/2026
ESTIMADOS CLIENTES Y AMIGOS,
Ponemos a vuestra disposición la Res. 5807/2025 relacionada con el impuesto a las Ganancias y Valor Agregado, la cual modifica el plazo de vigencia de las excepciones señaladas oportunamente hasta el 31 de diciembre 2025, al 30 de junio de 2026..
Adjuntamos la resolución completa para que tengan acceso a su lectura.
FUENTE: DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
ADJUNTOS
TAMBIÉN PUEDE INTERESARLE
Res.SICPME 272/26. Régimen de Importación de Líneas de Producción Usadas - Modificaciones.
Publicado el 06/08/2026ALERTA COMEX Conflicto de practicaje frena actividad portuaria: Medidas y monitoreo ULC
Publicado el 04/08/2026