Publicado el 21/07/2020
Estimados clientes y amigos,
La Res.Gral.AFIP 4766/20 fija entre los días 18 de julio y 2 de agosto de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinario con el alcance de las previsiones de la Res.Gral.AFIP 1983/05, sus modificatorias y complementarias; incidiendo en el cómputo de plazos respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social.
Adjuntamos la resolución completa.
ULC
ADJUNTOS
TAMBIÉN PUEDE INTERESARLE
Poder Ejecutivo- Dec. 431 25 - Importación de pilas y baterías primarias
Publicado el 27/06/2025Disp. 4446 25. Desregulación en la importación de productos médicos Clase I y II
Publicado el 24/06/2025