Publicado el 29/03/2022
Estimados Clientes y Amigos,
LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS resuelve prorrogar hasta el 30 de junio de 2022 -inclusive- el plazo indicado por el artículo 1° de la Resolución General N° 5.102 y su complementaria, para el otorgamiento de un plazo, no mayor que el originario, para aquellos casos en los que la rehabilitación de la solicitud de destinación de exportación - prevista en el apartado 3. del artículo 38 del Decreto N° 1.001/82 y sus modificatorios- resulte insuficiente por razones de fuerza mayor debidamente acreditadas ante el servicio aduanero.
El Código Aduanero establece para las destinaciones de exportación una vigencia de 31 días y la posibilidad de pedir una única prórroga por un mismo período.
La prórroga de la Res. Gral 5.102 y su complementaria, conlleva a la posibilidad de solicitar una 2da. rehabilitación de la destinación de exportación, sólo en casos de fuerza mayor debidamente acreditados ante el servicio aduanero.
Adjuntamos la resolución 5.175/22 para que puedan acceder a la misma.
AFIP
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