Publicado el 24/06/2025
ANMAT desregula importaciones de productos médicos de riesgo I y II
Estimados Clientes y Amigos,
Les informamos que desde agosto 2025, ANMAT ya no requerirá autorización previa para importar productos médicos de Clase I y II por parte de establecimientos habilitados. Solo será necesario presentar un aviso de importación dentro de las 48 horas posteriores a la nacionalización.
Adjuntamos la norma completa para su consulta.
Saludos Cordiales.
ULC
ADJUNTOS
TAMBIÉN PUEDE INTERESARLE
Decreto N° 838/2025 - PODER EJECUTIVO – Modificación Dec. 1001/82, artículo 56
Publicado el 01/12/2025Solicitud de Disposición de Créditos Aduaneros. Resolución General N° 3.962. Su modificación
Publicado el 02/10/2025Solicitud de Disposición de Créditos Aduaneros. Resolución General N° 3.962. Su modificación
Publicado el 02/10/2025