Publicado el 24/09/2019
Estimados Clientes y Amigos,
El Dec. 661/19 establece que el pago de los estímulos a la exportación previstos en la Sección X de la Ley 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones, estará sujeto a que los exportadores hayan previamente ingresado al país y/o negociado en el mercado de cambios las correspondientes divisas de acuerdo con la normativa vigente.
Adjuntamos el decreto para que puedan acceder a la norma completa.
ULC
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