Publicado el 24/09/2019
Estimados Clientes y Amigos,
El Dec. 661/19 establece que el pago de los estímulos a la exportación previstos en la Sección X de la Ley 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones, estará sujeto a que los exportadores hayan previamente ingresado al país y/o negociado en el mercado de cambios las correspondientes divisas de acuerdo con la normativa vigente.
Adjuntamos el decreto para que puedan acceder a la norma completa.
ULC
ADJUNTOS
TAMBIÉN PUEDE INTERESARLE
Poder Ejecutivo- Dec. 431 25 - Importación de pilas y baterías primarias
Publicado el 27/06/2025Disp. 4446 25. Desregulación en la importación de productos médicos Clase I y II
Publicado el 24/06/2025