Publicado el 30/06/2025
ESTIMADOS CLIENTES Y AMIGOS,
A través de la Resolución N° 222 2025, publicada en el Boletín Oficial del 13 de junio, la Secretaría de Industria y Comercio reglamenta lo establecido en el Decreto N° 196 2025 en relación a las Autopartes de Seguridad que se fabriquen, importen y comercialicen en el Territorio de la República Argentina.
El mencionado Decreto dispuso que la comercialización, producción e importación de las autopartes de seguridad será LIBRE, y en consecuencia se dejó de exigir a nivel aduanero la presentación del conocido CHAS (Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad). Por su parte, la Secretaría de Industria y Comercio suspendió el otorgamiento de dicho certificado, dejando sin efecto las presentaciones que hasta ese momento estaban en curso.
Sin embargo, el Decreto N° 196 2025 establece que las Autopartes de Seguridad, listadas en el Anexo C del mismo, deberán cumplir con las normas de Seguridad que se detallan en el mismo, y en consecuencia deberán contar con la Licencia de Certificación emitida por el Organismo Técnico que acredite el cumplimiento de las especificaciones de seguridad y normas de ensayo consignadas en el Anexo. Se entiende por Licencia de Certificación al instrumento emitido por un Organismo Certificador.
Es decir que si bien no será exigible la tramitación previa de un certificado o documento (como ocurría con el CHAS) el importador será responsable de acreditar el cumplimiento de las normas detalladas en el Anexo C mencionado, y para ello deberá solicitar a su proveedor la Licencia de Certificación (emitida en los términos mencionados precedentemente) que acredite que los productos que importa y comercializa cumplen con lo requerido por el Decreto N° 196 2025, contando además con una copia de dicha Licencia (en formato papel o digital) para su presentación cuando le sea exigible. Si no se cuenta con la Licencia de Certificación, no se podrá importar ni comercializar las Autopartes de Seguridad.
Adjuntamos el informe completo para que tengan acceso al mismo.
FUENTE: CDA
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