Publicado el 18/12/2018
Estimados Clientes y Amigos,
En el día de la fecha entra en vigencia la Declaración Jurada de Origen No Preferencial, que reemplaza en algunos casos a la presentación del Certificado de Origen.
La resolución que adjuntamos reglamenta los casos en que será requerida la mencionada Declaración Jurada, que se tramita a través del TAD (Plataforma de trámites a distancia) y que debe ser presentada junto con la documentación complementaria exigida por aduana.
Adjuntamos la resolución SC 141/18 para que puedan acceder a la información completa.
Saludos Cordiales.
ULC
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Posted on 27/06/2025